Ayúdanos a compartir

¿Qué hacer? ¿Qué camino tomar? (IX parte)

Los cuatro canales de televisión abierta en Guatemala y varias radiodifusoras pertenecen a un solo propietario.

Irmalicia Velásquez Nimatuj

Nuevamente durante el gobierno de Álvaro Arzú fue emitida la Ley General de Telecomunicaciones Decreto 94-96 que reguló como único mecanismo de entrega del usufructo de frecuencias radioeléctricas la subasta pública, lo que consolidó la concentración de las frecuencias radiales en un pequeño grupo de millonarios que han fomentado la corrupción para obtenerlas. Esta ilegalidad ha permitido que pocos empresarios monopolicen el uso de frecuencias radioeléctricas lo cual evidenció en el 2003 un informe de la CIDH “Justicia e inclusión social” que manifestó que el Artículo 135 de la Constitución prohíbe los monopolios y privilegios. Al Relator para la Libertad de Expresión le preocupó la existencia de monopolios dado que los cuatro canales de televisión abierta en Guatemala y varias radiodifusoras pertenecen a un solo propietario, el mexicano Ángel González y la existencia de ese monopolio “afecta la libertad de expresión y el derecho de información de los guatemaltecos”.

El Estado ha incumplido el Inciso H del Acuerdo Indígena, la Ley Marco de los Acuerdos de Paz Decreto 52-2005, los estándares y normas internacionales del derecho internacional de derechos humanos. Y, por el contrario, en 2007 el gobierno de Oscar Berger, mediante el Acuerdo Gubernativo 43-2007 del 08/02/2007 emitió una política de represión, criminalización y confiscación de radios comunitarias. En el 2010 el MP creó la Fiscalía especializada en persecución penal contra radios comunitarias realizando 60 allanamientos a nivel nacional, decomisando equipo y ligando a proceso penal, logrando 12 sentencias condenatorias con procedimiento abreviado a pesar de existir normas administrativas lo que constituye una clara e ilegal criminalización del derecho a la libertad de expresión de los pueblos indígenas.

Para solucionar esta conflictividad los indígenas han presentado al Congreso cuatro iniciativas de ley que ha ido adecuando, la primera el 07/02/2002, la segunda el 23/08/2004, la tercera el 09/02/2005 y la última el 03/08/2009. Además, el 26/02/2010 y 24/10/2011 se presentan acciones de inconstitucionalidad contra la ley vigente y lo que lograron fue que el 10/07/2012 se impulsara la Iniciativa 4479 que propuso aumentar los años de cárcel. O sea, a pesar de las propuestas indígenas el Estado se ha negado a legislar en esta materia.

12 sentencias condenatorias con procedimiento abreviado a pesar de existir normas administrativas lo que constituye una clara e ilegal criminalización del derecho a la libertad de expresión de los pueblos indígenas.

Fuente: [www.elperiodico.com.gt]

Narrativa y Ensayo publica este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

Irma Alicia Velásquez Nimatuj