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Breve reflexión acerca de si lo que no se quiso hacer modifica lo que se hizo.

 

He repetido varias veces que si en el altiplano guatemalteco hubiesen habitado chinos, turcos o suajilis en los años 80, el Ejército igualmente los habría eliminado parcialmente para culminar su meticulosamente planificada campaña contrainsurgente. No masacró indígenas desarmados por su condición étnica sino porque los identificó como sospechosos de apoyar a las guerrillas.

Ahora bien, los guerrilleros escogieron aquella zona como teatro de operaciones debido a la precaria condición económica de los grupos étnicos indígenas ―hecho que expresa la estructura oligárquica y la ideología racista criolla que domina el país―, y por eso el Ejército los eliminó parcialmente ―de manera intencional― como parte de su táctica de “tierra arrasada” para “quitarle el agua al pez”. No lo hizo porque pertenecieran a grupo político alguno ni porque fueran “mayas”, sino porque aquel era su hábitat y porque los consideró a todos (no sólo a algunos) como apoyo civil de las guerrillas.

Pero el hecho de que el Ejército no se hubiera propuesto la aniquilación total de los indígenas, y de que la motivación principal de su exterminio parcial no haya sido la de que se tratara de grupos nacionales, étnicos, culturales o religiosos como tales, no borra el hecho de que esa aniquilación parcial deliberada haya tenido rostro étnico y cultural. En otras palabras, el intencionado exterminio parcial se centró en grupos étnicos diferenciados aunque hubiese sido sólo por razones militares y geográficas. En la práctica, esto constituyó un genocidio ―pues fue una matanza masiva que formó parte de una política oficial de terrorismo de Estado―, a pesar de que formalistamente la lógica jurídica (sin ética) pueda alegar que como no hubo motivos estrictamente raciales, culturales, étnicos ni religiosos para la matanza, la misma no se puede tipificar como genocidio. Esto, pese a que esa misma lógica acepta que se trató de una política oficial de asesinato masivo y sistemático.

Entre los incontables testimonios recopilados sobre esta reiterada barbarie, se cuenta el de los aldeanos de Tibuj, San Marcos, que fueron llevados en 1982 por el Ejército hacia la finca Armenia Lorena, propiedad (según El Observador Año 3, No.16, 2009) de Sofía y Ted Plocharski, y ejecutados allí. He aquí parte de ese testimonio: “Los amarraron a todos y les vendaron a todos los ojos, los fueron a matar en Armenia Lorena. Yo lo vi, fueron torturados, quemados, con plomo. Cuando comenzó la noche los sacaron a tirar abajo de los puentes, se encargó un camión de meter a todos y en cada puente dejaban aventados a dos o tres. Se fueron por todo el rumbo a Coatepeque regando” (Caso 8649, REMHI). También esta noticia que textualmente dice: “Diez hombre fuertemente armados derribaron la puerta de una vivienda en la finca Armenia Lorena, de San Rafael Pie de la Cuesta, San Marcos, a mediados de julio de 1989, y asesinaron a tiros a los esposos Alfredo Mejía y María Bautista, y a su hija María Aracely; otra hija, Iliana, quedó gravemente herida” (El Gráfico 20-7-89).

Actos como estos se repitieron cientos de veces como parte del terrorismo de Estado que el Ejército consumó matando a más de 150 mil civiles indígenas desarmados e indefensos. ¿Es humanamente válido alegar que esto no constituye genocidio porque el Ejército habría masacrado igualmente a tutsis y hutus que a indígenas guatemaltecos?

Mario Roberto Morales
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