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Los jueces antes de los jueces

Rolando Enrique Rosales Murga

Desde hace años hemos venido viendo en la televisión casos impactantes que se vuelven conocidos a nivel mundial a razón de la cobertura mediática que se les da. Podría mencionar el caso de Orenthal James Simpson (O.J. Simpson) o el caso de Varg Vikernes, quien asesinara a puñaladas a su amigo Øysteen Aarseth, mejor conocido como Euronymous. Y así, la gente ha podido seguir el devenir de los casos desde la comodidad de su casa, con sólo encender el televisor, o abrir la sección de noticias de su Facebook en épocas más cercanas.

Recientemente los medios de Guatemala se han dado a la tarea de transmitir fotografías y vídeos de personas que acaban de ser aprehendidas por las fuerzas de seguridad. Al hacer eso dejan de lado la imparcialidad, ya que no se considera a la persona sospechosa, sino que las redes la hacen pedazos.

En caso de que no exista evidencia suficiente para imputarle delito a la persona que fue fotografiada y luego transmitida de forma masiva buscan saber quiénes eran los fiscales o el juez que conoce el caso, y suben su fotografía para que la gente decida en su experta opinión en toda suerte de asuntos sí es culpable el juzgador o no de resolver de forma injusta.

Si se le impone a la persona, por ejemplo, un arresto domiciliario aparecen diciendo que esa persona tiene alguna clase de influencia. Nunca se han tomado la molestia de leer un Código Penal, un Código Procesal Penal, y mucho menos una ley especial como la Ley de armas y municiones o la Ley contra la delincuencia organizada, pero sí quieren que en el proceso penal se siga el criterio que ellos creen el adecuado.

Magistrados de la Corte de Constitucionalidad, que a decir de ellos no saben nada de derecho, nadie está exento de un juicio virtual.

El artículo 14 primer párrafo de la Constitución Política de la República de Guatemala establece: «Toda persona es inocente, mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada. El artículo 14 del Código Procesal Penal con el epígrafe Tratamiento como inocente también versa acerca del derecho que la persona tiene a interponer recursos para defenderse de la imputación que las autoridades le hacen.

En las redes sociales las personas no solamente son juzgadas como culpables, sino que hay quienes demuestran problemas psiquiátricos graves al proponer la venganza privada como medida de punición. A veces son personas que han hurtado galletas, en otras ocasiones acusados de robo, no existe diferencia, no hay inocente para el jurado virtual que juzga desde sus emociones internas, que a veces son remolinos de resentimiento.

 

Narrativa y Ensayo publica este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

Rolando Enrique Rosales Murga
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